El Tribunal Supremo Electoral (TSE) inició la revisión de las personas propuestas para integrar las Juntas Electorales Departamentales (JED), las Juntas Electorales Municipales (JEM) y la Junta Electoral de Voto en el Extranjero (JEX), como parte del calendario electoral rumbo a las elecciones de 2027.
El objetivo del procedimiento es verificar que las personas propuestas no tengan afiliación partidaria y cumplan con los requisitos establecidos en la legislación electoral.
Durante una conferencia de prensa, la presidenta del TSE, Roxana Soriano, explicó que esta revisión busca garantizar que quienes integren estos organismos temporales actúen bajo criterios de independencia, imparcialidad y respeto al ordenamiento jurídico.
“Quienes integren estos organismos temporales asumirán funciones decisivas en la administración, conducción y garantía del sufragio”, señaló Soriano.

La revisión se realiza con supervisión de los partidos
Representantes de los partidos políticos participan en la supervisión del proceso y, antes de iniciar las pruebas, verifican los equipos utilizados para garantizar que no exista otro dispositivo de almacenamiento de información.
Las computadoras no cuentan con disco duro y funcionan mediante una memoria USB que contiene el sistema operativo. El TSE aclaró que estas unidades son físicamente diferentes de las memorias entregadas a los partidos políticos.
Los representantes introducen sus respectivas memorias USB en los equipos asignados y realizan pruebas para comprobar la consistencia de los datos.
Se verifican los datos de las personas propuestas
El procedimiento comienza con una auditoría de la información. Entre las pruebas se encuentra la revisión de la unicidad de los números de DUI, la cantidad de registros y un muestreo de personas cuya afiliación partidaria es públicamente conocida.
El TSE también proyecta la pantalla de los equipos para que los participantes puedan observar directamente el proceso de verificación.
La revisión se realiza con base en el artículo 92 del Código Electoral para las JED, el artículo 97 para las JEM y el artículo 8 de la Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero para la JEX.

Los resultados quedan registrados
Al finalizar las pruebas, el sistema genera un archivo con los números de DUI que hayan sido rechazados, en caso de existir. Este archivo queda bajo resguardo de la Secretaría General del TSE.
Después se imprime el acta correspondiente, que es firmada por los representantes de los partidos políticos, la fiscal electoral, las magistraturas y la Secretaría General del Tribunal Supremo Electoral.
El TSE comunicará posteriormente a cada partido político los resultados de la verificación.
Una vez terminado el proceso, la información utilizada es eliminada de las computadoras y se comprueba que no quede almacenada información en los equipos.
De acuerdo con Soriano, este procedimiento permite al organismo electoral verificar el requisito de no afiliación partidaria mediante un mecanismo de auditoría, verificación y protección de la información de cara a las elecciones de 2027.


